Nuevamente nos llega la infortunada noticia de tres personas arrolladas por vehículos tratando de cruzar la Autopista Regional del Centro. Lamentablemente en este caso se trató de personas vinculadas con vecinos de la urbanización quienes se encontraban de visita y al retirarse de la urbanización fueron embestidas por vehículo que se dió a la fuga, resultando dos de ellas fallecidas.
Esta absurda manera de "tentar a la muerte", no tiene explicación alguna, al menos que sea la inconciencia y el desespero que muchas veces traiciona al ser humano que en ocasiones no mide el peligro. Pues bien, ya es hora de que demos paso a la sensatez y como seres pensantes nos impongamos a la tentación de llevar acciones temerarias como esa que si me memoria no me falla ya cuenta con varias muertes frente a nuestra Urbanización. No se trata, tal y como algunos han pretendido justificarlo, de que ello sucede por no existir una pasarela, que tardan mucho las unidades de transporte colectivo o que da flojera tener que llegar a Hoyo de la Puerta. Se trata de tomar conciencia respecto de que ello es una acción no permitida que bajo ninguna circunstancia debe poner en riesgo una vida humana. Ante este hecho tan lamentable, llamo la atención de aquellos vecinos o trabajadores vinculados con nuestra comunidad, quienes no solamante lo hacen con frecuencia, sino que arriesgan inclusive a niños indefensos.
martes, 28 de septiembre de 2010
ACCIDENTES ABSURDOS
jueves, 23 de septiembre de 2010
EL SUPLICIO DE ACUDIR A UN BANCO
domingo, 12 de septiembre de 2010
OTRAS COMPETENCIAS DE LOS CONSEJOS COMUNALES
A los fines de informar a nuestra comunidad sobre la importancia que para el gobierno nacional adquiere la figura de los consejos comunales como instrumentos facilitadores de las políticas públicas, a continuación encontrarán otras competencias que a estas organizaciones comunitarias les atribuyen algunas leyes de reciente data.
LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO DE POLICÍA Y DEL CUERPO DE POLICÍA NACIONAL
Los Artículos 78 y 79, incluyen la participación de los Consejos Comunales tanto en la elaboración y seguimiento de los planes y programas referidos a la seguridad ciudadana en los respectivos ámbitos políticos territoriales, como en materia de contraloría social sobre los instructivos y prácticas policiales.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS.
El Artículo 43, en lo que respecta a la participación popular, dispone que en el diseño de los trámites administrativos, así como en la supervisión y control de los planes de simplificación de los mismos se tendrá en cuenta la opinión de la comunidad organizada, en especial a través de los consejos comunales.
LEY DE AGUAS
El Artículo 39, establece la participación protagónica de la sociedad en la gestión integral de las aguas, entro otras figuras, a través de los consejos comunales.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAL EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS.
El Artículo 91, al referirse al derecho a organizarse para la defensa, dispone que los consejos comunales, a través de los Comités de Contraloría Social para el Abastecimiento, constituyen una instancia de participación responsable de promover en la comunidad la defensa de sus derechos, siendo la instancia para velar por el control, monitoreo, verificación, vigilancia relativa al abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE PESCA Y ACUICULTURA
Los Artículos 76 y 78, establecen que los consejos comunales tienen derechos a participar y especialmente a ejercer la contraloría social de las actividades de pesca, acuicultura y conexas. Así mismo se dispone que el Instituto Socialista de Pesca y Acuicultura, debe presentar semestralmente a los consejos comunales y demás formas de organización social, informe detallado y preciso de la gestión realizada durante tal período.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE IMPUESTO AL ALCOHOL Y OTRAS ESPECIES ALCOHÓLICAS
El Artículo 48, establece que el Ministerio del Poder Popular con competencia en seguridad ciudadana establecerá los lineamientos para que las Alcaldías, previa opinión favorable y vinculante del respectivo Consejo Comunal, otorguen los permisos para expendio de licores y fije los horarios respectivos.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL
En el Capítulo referido a la Transferencia del Poder al Pueblo, los Artículos 6, 59, 65 y 71, disponen que el Ejecutivo Nacional, planificará, programará y ejecutará los procesos de transferencia y toma de decisiones hacia los consejos comunales. Por su parte dentro de la composición tanto del Directorio del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral, como de los Comités de Integración, se prevé la incorporación de voceros o voceras elegidos dentro del seno de los consejos comunales.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE TURISMO
Los Artículos 60, 63, 64 y 70, señalan que el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo promoverá la participación de los consejos comunales y demás formas de comunidades organizadas en el desarrollo del turismo como actividad comunitaria. Igualmente se prevé que a los efectos de dicha Ley, los consejos comunales son corresponsables con el Estado en:
1. Diagnosticar y jerarquizar sus problemas y necesidades en torno al turismo como actividad comunitaria y social.
2. Contribuir en la elaboración, ejecución y seguimiento de los programas de turismo.
3. Efectuar la contraloría social en todas las actividades relacionadas con el turismo como actividad comunitaria y social.
4. Promover la participación de la comunidad y gestionar los recursos necesarios.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD Y SOBERANÍA ALIMENTARIA
Los Artículos 19, 41 y 42, establecen un conjunto de responsabilidades de las formas de organización social, entre ellas los consejos comunales, en lo que refiere a la colocación, manejo y distribución de los alimentos de forma tal que garanticen la seguridad alimentaria.
LEY PARA LA PROHIBICIÓN DE VIDEOJUEGOS BÉLICOS Y JUGUETES BÉLICOS
Artículo 12. Los estados, municipios y los consejos comunales como expresión del poder popular, deberán implementar campañas dirigidas al fortalecimiento de una cultura pacifista y a la divulgación de la presente Ley.
LEY ORGÁNICA DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
Artículo 10. La participación popular en la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Los entes, consejos comunales, colectivos y otras manifestaciones populares de planificación, control, ejecución de políticas y servicios públicos, podrán emitir su opinión en los juicios cuya materia debatida esté vinculada a su ámbito de actuación, aunque no sean partes.
LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
El Artículo 17 establece que los consejos comunales con los recursos asignados por los órganos o entes públicos podrán seleccionar sus contratistas para promover la participación de personas y organizaciones comunitarias para el trabajo de su entorno o localidad. Por su parte el Artículo 18, establece la figura de las Comisiones Comunales de Contratación, integrada por un número impar de al menos 5 miembros principales.
sábado, 11 de septiembre de 2010
Virgen de Coromoto
La Virgen de Nuestra Señora de Coromoto es la patrona de Venezuela. Es venerada tanto en la ciudad de Guanare, donde apareció hace aproximadamente 350 años, como en todo el país. En esta página le reseñaremos la historia de sus apariciones y le mostraremos los lugares donde apareció y es venerada hoy en día.
Cuando la ciudad de Guanare fue fundada, en 1591, los indígenas que habitaban en la región, los Cospes, huyeron hacia la selva en el Norte de la ciudad. Esto dificultaba la evangelización que la iglesia Católica había emprendido.
Un día de 1652, el cacique Coromoto y su mujer atravesaban una corriente de agua y vieron una Señora de extraordinaria belleza que les dijo en su idioma: "Vayan a casa de los blancos y pídanle que les eche el agua en la cabeza (el bautismo) para poder ir al cielo". Casualmente un español llamado Juan Sánchez, pasó por ahí y el Cacique Coromoto le relató lo sucedido.
Manantial de agua en el lugar de la aparición
Reproducción de la aparición
Juan Sánchez entonces le pidió que se alistara con la tribu, que el pasaría dentro de ocho días a fin de enseñarles todo lo necesario para echarles el agua. En efecto, cuando regresó los indígenas marcharon con el a un ángulo formado entre los ríos Guanaguanare y Tucupido, donde les repartieron tierras e iniciaron la catequización, a fin de prepararlos para el bautizo.
Monumento a la virgen en el lugar de la primera aparición
Detalle del monumento
Monumento a la entrada del parque, en "La quebrada"
Los jardines del parque
Varios de los indios recibieron el bautismo, no así el Cacique quien echaba de menos la selva donde el mandaba y no tenía que obedecer. Esto lo hizo preparar su huída. Sin embargo el sábado 8 de septiembre de 1652, la virgen vuelve a aparecer en el bohío, en presencia de Coromoto, su mujer, su cuñada Isabel y un sobrino de esta. (Es, por cierto, la única vez que la Santa Virgen aparece a una familia).
El cacique coge la flecha y apunta para matarla. Como la virgen María se le acercó, Coromoto tira la flecha e intenta empujarla, pero ella desaparece, dejándole en la mano un pequeño pergamino con su imagen. El niño corrió a avisarle a Juan Sánchez, quien con dos de sus compañeros fueron al sitio de la aparición y recogieron la preciosa reliquia. Dieron parte a las autoridades civiles y eclesiásticas, quienes a pesar de no creerlo resolvieron llevar el pergamino a la Iglesia de Guanare en 1654, donde permaneció en un relicario hasta 1987, cuando fue incrustada en el pedestal de la imagen de madera que está hoy en día en el templo "Santuario Nacional Nuestra Señora de Coromoto".
Santuario Nacional Nuestra Señora de Coromoto
El Santuario está construido en el lugar de la 2da aparición
El cacique Coromoto huyó a la selva, y al ver que la santísima Virgen no había logrado nada con el, permitió que lo mordiera una serpiente venenosa. Entonces volvió su corazón a Dios y comenzó a pedir el Bautismo, el cual le fue administrado por un Barinés que pasaba por ahí. Al bautizarse se convirtió en apóstol y pidió a los indios que no se separaran del misionero y que se bautizaran. Como consecuencia de esto, los indios Cospes formaron una comunidad de fieles muy fervorosa.
Santuario Nacional Nuestra Señora de Coromoto
Altar del templo
Hoy en día, cerca de Guanare (estado Portuguesa), en el lugar de la segunda aparición fue construido un lindo templo, el Santuario Nacional Nuestra Señora de Coromoto, el cual fue consagrado el 7 de enero de 1996, e inaugurado con la solemne Eucaristía presidida por su Santidad el Papa Juan Pablo II, el 10 de febrero de 1996.
Vitral detrás del altar
Vitral sobre el altar
Primera aparición
Detalle Vitral central
Segunda aparición
Detrás del altar se encuentra la imagen de la virgen que mostramos a la derecha. Debajo de esta imagen está un hermosísimo relicario de oro, brillantes y perlas. Como está prohibido fotografiarlo, lamentamos no poder mostrárselo aquí.
Cruz sobre el altar
Imagen de la virgen detrás del altar
Las misas se celebran de lunes a viernes a las 7 a.m., los sábados a las 8 a.m. y a las 11 a.m., los domingos a las 8 a.m., 11 a.m. y 2:30 p.m.
CURIOSIDADES DE VENEZUELA
Sabías que...
En Venezuela hay tres sitios que han sido declarados Patrimonios de la Humanidad por la Unesco:
Coro y su Puerto, declarado por la Unesco en 1993.
Este es un conjunto arquitectónico en que se pueden apreciar los distintos períodos de colonización, con estilos indígena, holandés y español. Se ubica en Coro, en el Estado de Falcón.
Santa Ana del Coro fue -en el Siglo XVIII- la primera ciudad capital de Venezuela. Fue fundada en 1527, y sus lugares más destacados son la Catedral, con altar barroco, la Iglesia de San Clemente, con la Capilla del Sacramento y el Campanario más alto de la ciudad.
La Casa de las Torres, del Siglo XVIII tiene un zaguán considerado el más bello de la ciudad.
Parque Nacional Canaima, declarado por la Unesco en 1994. En estas elevadas mesetas y profundas quebradas se encuentran variedad de ambientes, biodiversidad y diversas formaciones geológicas. Son tres millones de hectáreas, y en la zona occidental predominan las sabanas, mientras que hacia el este se halla la laguna de Canaima, Auyán-tepui y Kavac. El mayor atractivo del Parque Nacional Canaima es el Salto Ángel.
Ciudad Universitaria de Caracas declarado por la Unesco en 2000.
¿Sabías que...
el Salto Ángel, ubicado en la geografía venezolana, es el más alto del mundo? Mide 978 metros y está ubicado en el Macizo de Guayana (Estado de Bolívar). El río que origina al Salto Ángel se llama Churún, el cual es afluente del río Carrao, que a su vez lo es del río Caroní. Este salto toma su nombre del apellido de su descubridor, James (Jimmy) Ángel, aviador estadounidense, el cual lo avistó por primera vez en 1937 cuando sobrevolaba esta zona. El nombre indígena de esta catarata es el de Churún Merú.
¿Sabías que...
La catarata nace en la parte superior de una meseta (o "tepuy", como se denominan a estas formaciones geológicas) llamada Auyan Tepuy. Estos tepuyes, conjuntamente con otras formaciones geológicas se denominan "simas" (las cuales son profundos y enormes cráteres, de paredes casi verticales), también presentes en esta zona, son formaciones sumamente antiguas, lo que le confiere a todo el Macizo Guayanés un interés geológico y biológico particular. Se estima que dentro de estas simas y en lo alto de los tepuyes existen géneros de plantas y animales (principalmente invertebrados) nunca vistos por el hombre, y menos aún clasificados.
¿Sabías que...
el Orinoco es el mayor de los ríos venezolanos, y que su caudal es muy considerable en los períodos de crecida, en que alcanza los 50.000 m3/seg.?
¿Sabías que...
¿Sabías que...
La primera tierra continental que avistó y en donde desembarcó Colón en la zona territorial del Nuevo Mundo se halla en lo que ahora es el área que ocupa la ciudad de Cumaná, capital del Estado Sucre, en el Oriente de Venezuela. Desgraciadamente existen dudas de la fecha de desembarco, pues aún cuando la tradición y la historia afirman que fue durante su tercer viaje, hay otros autores que indican que su avistamiento ocurrió en 1494, durante su segundo viaje.
Muchos de los datos y material han sido extraídos de los folletos publicados por la Corporación de Turismo de Venezuela, facilitados por la Embajada de Venezuela en Argentina, a solicitud de la Prof. Nidia Mabel Cobiella
viernes, 10 de septiembre de 2010
Compromiso de Responsabilidad Social
URBANIZACIÓN BOSQUE VALLE. SITUACIONES PROBLEMAS
Tomando en cuenta que muchas veces los vecinos nos vamos acostumbrando a convivir con “los problemas” y abandonamos la lucha diaria que debemos librar contra esas adversidades que sin darnos cuenta contribuyen a deteriorar la calidad de vida de nuestras familias, quise listar un conjunto de situaciones problemas de nuestra comunidad de manera de influir en el ánimo de los vecinos, sobre la necesidad de no decaer en el esfuerzo que diariamente todos debemos realizar con el fin de ir cada día reduciendo el tamaño de la lista, lo que a su vez se traduce en una sana y edificante convivencia comunitaria.
1. Falta de respuestas oportunas por parte de los órganos y entes del Estado (MIN VIVIENDA Y HABITAT, BANAVIH, INAVI) a los requerimientos de la urbanización.
2. Incertidumbre en cuanto al estatus de los trámites relacionados con la transferencia de la propiedad de los inmuebles.
3. Falta de demarcación definitiva de los puestos de estacionamiento por parte del órgano oficial propietario del urbanismo, lo que ha generado cualquier cantidad de conflictos entre vecinos.
4. Indefinición respecto al destino final de los módulos de servicio con que cuenta la urbanización.
5. Deterioro progresivo de las canchas deportivas, y otras áreas comunes de la urbanización.
6. Desinformación respecto a los proyectos de ingeniería tanto para la construcción de la vía alterna de salida de la urbanización, como del socavamiento de la Terraza 13.
7. Reparación del sistema hidroneumático de la urbanización, el cual está a punto de colapsar.
8. Estado de abandono de la planta de tratamiento de aguas servidas.
9. Falta de organización de la comunidad.
10. Dificultad para fortalecer el Consejo Comunal.
11. No se cumplen normas mínimas de convivencia vecinal.
12. No hay una contribución equitativa en los gastos comunes que demanda la urbanización.
13. La urbanización no ha asumido de manera directa el servicio integral de vigilancia.