miércoles, 6 de octubre de 2010

A INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MILITAR

Los ciudadanos y ciudadanas de todo el país, tienen un plazo muy corto para incorporarse al Registro Militar, según se estipula en la nueva reforma a la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
La normativa que data de los años 70, fue reformada y aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional (AN) durante el penúltimo trimestre de 2009 y apareció en la Gaceta Oficial 5.933 del 21 de octubre de ese mismo año.
Entre otros cambios, el instrumento legal exige en su Artículo 56, la obligatoriedad del Registro Militar en un lapso no mayor de 90 días, luego de cumplir la mayoría de edad, como requisito para acceder a cargos públicos, inscribirse en institutos de educación y en la empresa privada, así como para trámites tan simples, como sacar la licencia de conducir.
Esta norma incluye a los naturalizados de edades entre los 18 y 60 años e incluso a la población penitenciaria, en sus artículos 57 y 60, respectivamente.
Luis Quilelli, Coronel de la Aviación Militar y jefe de la Circunscripción Militar del estado Aragua (Cirmil), señaló que entre las disposiciones transitorias de la normativa se dio plazo de un año para ponerse al día con la ley, a los que al momento de ser aprobada la misma ya habían sobrepasado los 18 años, pero que aún no llegan a los 60.
“Desde que apareció en gaceta, los ciudadanos tienen la oportunidad de incorporarse, ya el 21 de octubre se cumple el año y aún hay quienes no conocen la ley”, explicó.
El jefe de la Cirmil, informó que esta Ley será regida por un reglamento que actualmente se encuentra en discusión ante la AN y estimó que en un par de meses ya esté aprobado, por lo que no descartó que una vez en vigencia el reglamento, se extienda la prórroga para quienes necesiten incorporarse al registro, aunque aclaró que esa es una decisión de alta gerencia “ese es un escenario hipotético, por lo pronto la fecha tope es el 21 de octubre”, enfatizó.

Data
Quilelli, destacó que se trata de una data que llevará el Conscripto, para registrar la cantidad de venezolanos en edad militar y reiteró que incorporarse al registro no implica en modo alguno prestar el servicio militar, que a partir de la nueva Ley dejó de ser obligatorio, para convertirse en voluntario.
“Tampoco se les va a incluir en una lista para llamarlos a servir a la patria en una posible situación de conflicto, en esos casos se llamará a la reserva, que son las personas que cumplieron servicio militar”, aseveró.

Costará caro
Una de las novedades más interesantes que ofrece la reforma es que la obligatoriedad de cumplimiento va acompañada de un carácter sancionatorio, en este sentido, el Artículo 82 de la normativa estipula una sanción de doce Unidades Tributarias (UT), que equivalen a unos 780 bolívares fuertes (Bs. 780 mil).
“Si después del 21 de octubre, al ciudadano se le solicita el documento de registro o si va a formalizar su inscripción y no lo tiene, debe cancelar la multa, a mí me toca sancionar pero el importe se cancela a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat)”, acotó.
Las sanciones también se aplicarán para quienes no notifiquen cambio de residencia o de estado civil, según el Artículo 83, quienes incurran en esta falta deberán pagar seis UT, lo que equivale a unos Bsf. 390 (Bs. 390 mil).
Otras sanciones previstas en los artículos 85 y 86 de la normativa, implican el pago de veinte UT, Un (1) mil 300 bolívares fuertes (Un millón trescientos mil bolívares de los viejos), para aquellos entes que no soliciten el documento para contratar personal.
Una sanción por el mismo monto se aplicará a las empresas cuyos empleados tengan que usar armas, como en el caso de las compañías de vigilancia.

Revisarán
Sobre este punto de la reforma en la legislatura, Quilelli agregó que una vez termine la jornada de alistamiento militar, iniciarán por toda la entidad la requisa completa de las empresas que prestan servicios de vigilancia, para constatar que cumplan con lo establecido en la Ley.
“Es nuestro deber el hacer cumplir esta Ley y la requisa de estas empresas se hará de manera cuidadosa, para verificar que están exigiendo esto a sus empleados, quienes contraten los servicios de estas empresas también deberían exigirles esta documentación, para saber si cumplen con este requisito”, indicó
Otro de los planteamientos de esta norma exige a las empresas de vigilancia, que quienes trabajan ofreciendo este tipo de servicio, deben haber prestado antes el servicio militar.

Desinformación
La ciudadanía, casi en su mayoría, ignora el carácter de obligatoriedad de este trámite, y quienes ya saben del mismo, tienen poco conocimiento de cómo llevarlo a cabo, Julia Sarmiento, una aragüeña, asegura que conoció que debía incorporarse en el registro porque a su hijo se lo pidieron para la universidad.
“Para inscribirse le pidieron ese documento y después que se lo sacó me comentó que en el Conscripto le dijeron que era obligatorio para todas las personas entre los 18 y 60 años”, dijo.
Por su parte el Cnel. Quilelli afirmó que se han encontrado con el desconocimiento colectivo de las características de esta norma “a escala regional, estamos haciendo la difusión necesaria para que la ciudadanía cumpla con este deber”, acotó
Asimismo estimó que una vez salga en gaceta el reglamento, la Secretaría Permanente de Conscripción y Alistamiento dará a conocer con mayor ahínco esta novedad en la norma.



Multaran a las empresas en las que los empleados no esten inscritos y a las personas tambien

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